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El IPRODICH recuerda que las personas con discapacidad tienen prioridad para ingresar a votar


miércoles, 21 de octubre de 2015


Elección - IPRODICH

Con vistas a las elecciones generales del próximo domingo, El Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad del Chaco (IPRODICH) recomienda a los presidentes de mesa de los cuartos oscuros accesibles dar prioridad a las personas con discapacidad y ayudar a quienes los soliciten para poder emitir su voto. Además, recordaron que está en vigencia la Ley 26.571 por la cual se garantiza el voto accesible para las elecciones. “Quienes sean autoridad de la mesa en el cuarto oscuro deberán observar que el lugar se encuentre adecuadamente señalizado e identificado como tal y si fuera necesario, solicite colaboración al personal de seguridad”, destacó José Lorenzo, presidente del IPRODICH. Asimismo el funcionario remarcó la importancia de que sea efectiva la prioridad y el acceso al voto de las personas con discapacidad o con reducción en su movilidad, visión o audición. Por otro lado, detalló que la autoridad de la mesa donde está inscripto un elector con discapacidad que solicita votar en el cuarto oscuro accesible (COA), deberá trasladarse al COA con la urna, el sobre, el sello y el padrón de su mesa. “Deben pedir al suplente o a las fuerzas de seguridad el resguardo de la documentación de la mesa a su cargo”, explicó. En ese sentido, la vicepresidenta del organismo, Carla Mitoire recomienda que si existen barreras arquitectónicas (escalones, escaleras, puertas inaccesibles, etc.) se proporcionen los apoyos necesarios a los electores con discapacidad para que puedan ejercer su derecho a votar. “En caso de que la colaboración sea aceptada, se tiene que preguntar cómo debe hacerlo”, explicó, agregando que “las personas con discapacidad saben qué tipo de asistencia necesitan y cómo quieren ser ayudadas”. Además, Lorenzo y Mitoire detallaron que si la persona tiene limitaciones para introducir la boleta en el sobre y solicita ayuda, el presidente de mesa o persona elegida por el propio elector son los únicos que pueden entrar al cuarto oscuro y darle apoyo. “No olvide resguardar el secreto del voto”, destacó Lorenzo y aclaró que en el COA las boletas deberán estar ubicadas de modo tal que las personas con discapacidad o limitaciones en su motricidad, tengan posibilidad de alcanzarlas. Inclusión y accesibilidad electoral Las recomendaciones brindadas por las máximas autoridades del organismo de discapacidad, buscan que en las Elecciones se cumpla efectivamente lo que marca la Ley 26.571, de “Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral”. Sancionada en el 2009, implementa medidas accesibles para el electorado como la posibilidad del voto de personas sordomudas que no se hacen entender por escrito y la subtitulación de la publicidad partidaria. Asimismo, en su artículo 105 establece que “la autoridad de aplicación adoptará las medidas pertinentes a fin de garantizar la accesibilidad, confidencialidad e intimidad para el ejercicio de los derechos políticos de las personas con discapacidad”. Y detalla que “para ello se adecuarán los procedimientos, instalaciones y material electoral de modo que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos sin discriminación y en igualdad de condiciones con los demás, tanto para ser electores como para ser candidatos”. Por su parte, el Código Electoral Nacional en su artículo 94 establece que los electores ciegos o con una discapacidad o condición física permanente o transitoria que impida, restrinja o dificulte el ejercicio del voto podrán sufragar asistidos por el presidente de mesa o una persona de su elección, que acredite debidamente su identidad, en los términos de la reglamentación que se dicte. Se dejará asentada esta circunstancia en el padrón de la mesa y en el acta de cierre de la misma, consignando los datos del elector y de la persona que lo asista. Ninguna persona, a excepción del presidente de mesa, podrá asistir a más de un elector en una misma elección”.