#MásLucesMenosRuidos: IPRODICH invita a celebrar las Fiestas sin pirotecnia para no afectar a personas con discapacidad
viernes, 21 de diciembre de 2018
En vísperas a Navidad y Año Nuevo, el presidente del Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (IPRODICH) José Lorenzo invita a todos los chaqueños a celebrar las Fiestas con “Más luces y menos ruidos”. “Llamamos a evitar el uso de fuegos artificiales para salvaguardar el bienestar físico y mental de personas con discapacidad, personas de la tercera edad y animales”, explicó Lorenzo.
Asimismo Lorenzo reclamó “pensar siempre ‘en el otro’ para respetar derechos y pasar así una fiestas en paz”. Por último, envío en nombre del IPRODICH un afectuoso y extensivo saludo a toda la sociedad chaqueña para que celebre con amor y alegría junto a cada ser querido.
Resistencia es un ejemplo a seguir: una ordenanza prohíbe las bombas de estruendo
El Concejo Municipal de Resistencia aprobó modificaciones en el anexo I de la ordenanza 7453, que regula los requisitos y condiciones en habilitaciones comerciales en lo que respecta al almacenamiento, depósito y venta de objeto de pirotecnia. De esta manera se incluye la prohibición de la venta, utilización, tenencia y/o fabricación de los tipos de artificios pirotécnicos denominados: morteros con bombas, bombas de estruendo o de iguales características.
Tiene el objetivo de mejorar la convivencia en la ciudad, ya que el impacto sonoro de este tipo de artificios pirotécnicos provoca inconvenientes a personas con autismo, a quienes padecen enfermedades, a los recién nacidos y a las mascotas. Como asimismo erradicar una forma de recreación riesgosa para la integridad física y psicológica.
Las sanciones establecidas para quienes infrinjan la normativa corresponden a una multa de entre 50 y 250 litros de nafta común. En tanto para quien reincidiere por primera vez será de 250 a 500 litros de nafta común y como accesoria, si correspondiere, clausura por tiempo indeterminado o retiro temporaria de la autorización. Quien incurriere en segunda reincidencia será sancionado con multa de 500 a 750 de litros de nafta común y de corresponder, clausura definitiva o revocación del permiso de venta.